Denuncia ante la Fiscalía contra el consejero de Educación de Cataluña por no acatar el 25% de clases en castellano

La asociación ‘Hablamos Español’ apunta que podría haber cometido un delito de prevaricación por una carta que envió como reacción a la sentencia del Tribunal Supremo

Josep González, conseller de Educación catalán.
Josep González, conseller de Educación catalán.

 

 

En cuanto se hizo público que el Tribunal Supremo convertía en firme la sentencia que obliga a la Generalitat  de Cataluña a cumplir un mínimo del 25% en español en las escuelas, el Conseller de Educación catalán envió un correo electrónico a todos los centros de enseñanza dependientes de la Generalitat.

La circular, firmada por el Conseller el 24 de noviembre, fue reenviada a todos los docentes dependientes de la Consellería a través de las Direcciones de los centros. 

En este escrito, tras calificar como igualitario el  modelo actualmente vigente  que discrimina a los niños hispano-hablantes, González-Cambray afirma que los alumnos acaban la enseñanza obligatoria sabiendo español y catalán. Concluye con la rotunda afirmación “La escuela en Cataluña, en catalán”.

Denuncia ante la Fiscalía de Barcelona

Hablamos Español ha presentado la denuncia ante la Fiscalía de Barcelona, acompañada del texto de la carta y de uno de los correos electrónicos enviado a los docentes desde y al correo corporativo de la Consejería.

Desde la asociación Hablamos Español, destacan que “lo relevante de esta circular es que el máximo responsable de la Administración educativa catalana imparte instrucciones para que el fallo judicial logrado por la Abogacía del Estado no se acate”. 

Defienden que “la mencionada circular expresa la voluntad inequívoca y arbitraria de abolir el Estado de Derecho en lo que se refiere al derecho a recibir la enseñanza en castellano en Cataluña y por tanto implica violentar los derechos constitucionales de los ciudadanos, plasmados en el art. 24.1 de la CE, que se traducen también, según la jurisprudencia constitucional, en el derecho a que toda sentencia firme obtenida sea cumplida en sus propios términos”.

Posible delito de prevaricación

El equipo jurídico de Hablamos Español, entidad presidida por la profesora Gloria Lago, considera que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un delito de prevaricación previsto y penado en el art. 404  del Código Penal, que castiga “a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria”. La prevaricación también se produce “cuando grosera y deliberadamente se actúa contra lo resuelto por sentencia firme”.

En el artículo 511 del Código Penal se dispone que incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años el particular encargado de un servicio público que deniegue a una persona una prestación a la que tenga derecho.

“En el caso presente se ordena que se deniegue a los hispanohablantes y a todos aquellos ciudadanos que así lo deseen el poder recibir al menos el 25 % de la enseñanza en español, es decir, se trata de un claro ejercicio de discriminación por razón de lengua, que merece el mayor reproche penal al ejecutarse desde el puesto de máximo responsable educativo de una autonomía, defiende Hablamos Español.

 

Acatar la sentencia del Supremo

El fallo de dicha resolución ordena “adoptar las medidas que sean necesarias a efectos de garantizar que, en las enseñanzas comprendidas en el sistema educativo de Cataluña, todos los alumnos reciban de forma efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso”.

“Hablamos Español defiende para Cataluña y las comunidades autónomas con cooficialidad lingüística, la libertad de elección de lengua, el mismo modelo que se aplica en todos los países con más de una lengua oficial, es decir, el de líneas con el español o la lengua regional como vehiculares, con la otra lengua como asignatura obligatoria”, destacan desde la asociación. 

Así mismo, la asociación ha recordado que “en ningún país se obliga a los alumnos a estudiar sometidos a inmersión obligatoria, pero tampoco con un sistema de porcentajes, ni del 25% ni del 50%, porque eso significa dejar de aprender mucha terminología en lengua materna y se perjudica el registro culto en esta lengua. 

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