El TSJA impide una manifestación por la sanidad pública ante el hotel de los Premios Princesa de Asturias

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha ratificado la resolución de la Delegación de Gobierno, que trasladó una manifestación por la sanidad pública ante el Hotel de La Reconquista, lugar de entrega de los Premios Princesa, a la plaza de la Escandalera.

OVIEDO, 16 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha ratificado la resolución de la Delegación de Gobierno, que trasladó una manifestación por la sanidad pública ante el Hotel de La Reconquista, lugar de entrega de los Premios Princesa, a la plaza de la Escandalera.

Según la justicia, la manifestación impediría disponer de vías de comunicación despejadas para garantizar la seguridad ciudadana y considera que la limitación introducida por la Delegación del Gobierno no afecta al derecho de reunión.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, desestima el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto al amparo de los derechos fundamentales de la persona por la representación legal del sindicato Corriente Sindical de Izquierda en Liberbank, contra la Resolución de la Delegación del Gobierno en Asturias de fecha 8 de octubre de 2020, resolución que se mantiene por ser ajustada a derecho.

Dicha resolución acordaba modificar la celebración de la manifestación convocata por CSI este 16 de octubre de 17.45 a 19.00 horas, pero modifica el lugar de la concentración, que pasará a ser la Plaza de la Escandalera de Oviedo en su zona peatonal.

El demandante solicitaba la anulación de la resolución por ser contraria al derecho fundamental de reunión y a la jurisprudencia aplicable, solicitando que se mantuviera la manifestación en los términos solicitados, esto es, frente a la puerta principal del Hotel de la Reconquista de Oviedo, lugar donde este año se celebra la entrega de los galardones.

La sentencia, que ya es firme, explica, asimismo, "que la limitación del derecho de reunión llevada a cabo por la resolución recurrida modificando el lugar elegido, no vulnera el núcleo esencial del derecho de reunión, "porque la resolución recurrida expresa con adecuada motivación los datos que justifican la alteración y que, a juicio de la Sala, "resultan irrebatibles".

En este sentido se apunta que, "el hecho de que la concentración se pretenda realizar en un espacio muy reducido (frente a la entrada del Hotel de La Reconquista) y coincidiendo con un acto de relevancia institucional como es la entrega de los Premios Princesa de Asturias".

Para el TSJA esta coincidencia, "precisamente buscada por el demandante para dar mayor visibilidad a su concentración, resulta sin embargo incompatible con la necesidad de contar con los adecuados dispositivos sanitarios y de seguridad inherentes a la celebración del evento".

 

Para esta argumentación la sentencia se apoya en el informe de la Comisaria Jefa Regional de Operaciones que pone de relieve la necesidad de disponer de vías de comunicación despejadas con la finalidad de "garantizar su operatividad y con ello la seguridad ciudadana así como el orden público".

Esta garantía exige "la necesidad de mantener despejada la única y exclusiva vía de entrada y salida de vehículos policiales con detenidos ubicada en la calle Gil de Jaz, frontal del citado Hotel de la Reconquista y cuyo tránsito se vería seriamente afectado por la presencia de asistentes a la movilización comunicada".

Por todo lo anterior, entre otros fundamentos, se considera "que la limitación introducida por la Delegación del Gobierno no afecta al contenido sustancial (o material) del derecho de reunión y se encuentra plenamente justificada por la motivación contenida en la resolución recurrida".

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