Los 18.000 euros que cobra Valcárcel del PP agitan la Asamblea de Murcia. La mayoría ‘popular’ garantiza que no habrá investigación y la oposición ve incompatibilidad

Las retribuciones del presidente de Murcia, Ramón Luis Valcárcel, se han convertido en objeto de debate en la Asamblea regional. En su declaración de bienes incluye 18.000 euros que cobra anualmente del Partido Popular en concepto de "gastos de representación", algo que la oposición considera "incompatible" con la actual legislación autonómica. Se ha acordado que no se llevará a cabo ninguna iniciativa para estudiar esta cuestión en la Cámara regional, en la que el PP tiene mayoría.

Asignación PP gastos representación de la Presidencia: 18.030,36 euros”. Con esta fórmula recoge la declaración de bienes de Ramón Luis Valcárcel, presidente de la Región de Murcia, la retribución anual que percibe del Partido Popular. Esta información, disponible en la página web de la Cámara regional, ha sido objeto de polémica durante los últimos días.

Según ha podido saber El Confidencial Autonómico de fuentes de la Asamblea, los acuerdos y deliberaciones que tienen lugar en la comisión del Estatuto del Diputado tienen carácter secreto, pero una de las últimas filtraciones ha desvelado una polémica entre Gobierno y oposición.

El PSOE murciano asegura que el presidente ha reconocido que cobra “dos sueldos”; los 65.000 que obtiene como líder del Ejecutivo y los 18.000 que percibe de su partido, el PP. Sin embargo, el acuerdo de la mencionada comisión ha optado por no tomar “ninguna determinación”, según confirman a ECA fuentes parlamentarias, ya que “no han apreciado ninguna irregularidad”.

Dado el carácter reservado de los acuerdos de la comisión, este confidencial no ha podido confirmar si efectivamente tal dictamen ha tenido su reflejo en un informe verbal o escrito. Sin embargo, los socialistas han asegurado tras la última reunión que no se presentó ningún texto a debate, sino que fue una decisión adoptada por la mayoría ‘popular’ en la comisión.

Lo que dice la legislación murciana

De acuerdo con el título I, capítulo III, artículo 10 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, la presidencia autonómica tiene “dedicación absoluta”, impidiendo ejercer “otras funciones representativas” aparte de las que tengan que ver “con el mandato parlamentario”, ni cualquier otra actividad pública, mercantil o privada “que no derive de su cargo”.

El epígrafe que ha levantado suspicacias entre PSOE e IU en la Asamblea regional se encuentra en el artículo 9 del Estatuto de la actividad política, también del año 1994, indica que los altos cargos –en los que se incluye el de presidente autonómico– impone el régimen de dedicación absoluta y excluyente.

Esto hace que no se pueda percibir “cualquier otra remuneración con cargo a los presupuestos de las administraciones públicas” o “entidades vinculadas” con ellas, ni tampoco otra percepción que provenga “de una actividad privada”, directa o indirectamente.

La actual legislación sobre compatibilidades, redactada en 1994, está pendiente de ser revisada. En la última sesión plenaria el PSOE presentó una proposición de ley que regule las “obligaciones legales” de los altos cargos. Aunque no han contado con la aprobación tácita del PP, el grupo parlamentario ‘popular’ incluirá el texto en la próxima Ley de Transparencia en la que trabaja la Cámara.

 

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