Como ha ocurrido con condenados por ser de ETA

El PNV pide que la “participación pasiva” en banda terrorista no sea delito

Quiere que no se generalice el delito de integración en organización criminal a quien comparta los objetivos

El portavoz de Justicia del PNV en el Congreso, Emilio Olabarría.
El portavoz de Justicia del PNV en el Congreso, Emilio Olabarría.

El proyecto de ley de reforma del Código Penal lleva meses tramitándose en el Congreso de los Diputados. Ahora, el grupo parlamentario del Partido Nacionalista Vasco ha presentado una batería de 93 enmiendas, muchas de ellas para adaptar la legislación al fin de la actividad terrorista de ETA.

Entre las enmiendas que el PNV pretende introducir en el Código Penal reformado destacan varias que afectan al artículo 570 bis y sucesivos, que son los que hacen referencia a las organizaciones criminales, incluidas las bandas terroristas, y a aquellos que las integran.

Por ejemplo, los diputados nacionalistas vascos quieren acabar con la “participación pasiva” como delito que puede llevar a condenar a una persona como perteneciente a organización terrorista. La nueva redacción que propone el PNV para el apartado 1 del artículo 570 bis quedaría así:

Quienes promovieren, constituyeren, organizaren, coordinaren o dirigieren una organización criminal serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ochos años si aquella tuviera por finalidad u objeto la comisión de delitos graves, y quienes participaren activamente en la organización, formaren parte de ella o cooperen económicamente con ella de manera sustancial, serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años”.

Los nacionalistas vascos introducen ese “de forma sustancial” que no incluye el texto propuesto por el Gobierno. También incluyen en la enmienda al artículo 570 ter un requisito para ser condenado por integrar, promover o financiar a un grupo criminal: que el delito cometido sea grave.

No seguir en el “todo es ETA”

El objetivo de estas enmiendas, explican el PNV en su texto, es “despenalizar la mera integración y el mero formar parte de este tipo de organizaciones, es decir, la participación pasiva, por ser inconstitucional y facilitar la doctrina todo es ETA”.

Fuentes del Grupo Vasco en el Congreso de los Diputados explican a El Confidencial Autonómico que la intención de estas enmiendas es evitar que se condene por pertenencia a una organización terrorista a quien simplemente simpatice con la ideología o comparta los objetivos políticos de esa banda pero, por ejemplo, no haya participado en actividades delictivas como la comisión de atentados.

O que si una persona va a un acto de una organización, y en ese acto se enaltece el terrorismo, que no se considere que todos los que han ido a ese acto pertenecen a una organización terrorista”, explican desde el grupo del PNV. Es decir, que no se generalice, “que no se meta a todo el mundo en el mismo saco”.

Aunque no lo citan expresamente, podría ser el caso de Arnaldo Otegi y otros dirigentes de la antigua Batasuna que han sido condenados por pertenencia a ETA aunque buena parte del nacionalismo vasco entiende que sólo comparten los objetivos de independencia y socialismo de la banda, sin llegar a participar en las actividades armadas de ETA.

El grupo nacionalista vasco asegura que su enmienda también va en el mismo sentido que una Decisión europea del año 2008 que, según la interpretación del PNV, conmina a castigar la participación activa en organizaciones de delincuencia organizada, por ejemplo con “la facilitación de información o de medios materiales, reclutando a nuevos participantes, así como en toda forma de financiación de sus actividades a sabiendas de que su participación contribuirá al logro de la finalidad delictiva de esta organización”.

 

No a endurecer el enaltecimiento de delitos

Entre otros cambios al proyecto de reforma del Código Penal que ha presentado el Gobierno de Mariano Rajoy, el Partido Nacionalista Vasco también propone eliminar la nueva redacción, mucho más amplia y minuciosa, que propone el ejecutivo para el artículo 510 que regula la provocación de discriminación, odio o violencia contra personas y colectivos.

Por ejemplo, se tipifica expresamente como delito la negación o trivialización de genocidios y en enaltecimiento de los autores de delitos en conflictos armados, o se incluyen penas contra los que enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o difusión los delitos cometidos contra personas y grupos por su ideología, religión, raza, nación o sexo (como podrían ser los asesinatos cometidos por ETA).

El grupo nacionalista vasco entiende que el actual articulado ya castiga suficientemente estos delitos, que no hay justificación para agravar la respuesta punitiva y que la nueva redacción que propone el Gobierno “es contraria al principio constitucional de seguridad jurídica y de legalidad”.

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