El Gobierno de La Rioja acaba de presentar ante el Constitucional su recurso contra el ‘blindaje’ del concierto económico vasco

El Parlamento de La Rioja presenta hoy en el Registro del Tribunal Constitucional en Madrid el recurso de inconstitucionalidad contra el "blindaje" de las normas forales vascas. El recurso destaca que el "blindaje" entra en contradicción con la Constitución, quebranta el principio de unidad de la Nación española, es discriminatorio para los ciudadanos de las Comunidades limítrofes y supone conceder poder legislativo a instituciones que no les corresponde. Este acto da cumplimiento al acuerdo del Pleno del Parlamento de La Rioja del pasado 8 de marzo, sobre la formalización del recurso a cargo de los Servicios Jurídicos del Parlamento de La Rioja, que fue adoptado por la mayoría absoluta de los diputados autonómicos de los Grupos Parlamentarios Popular, Socialista y Mixto (Partido Riojano). El recurso del Parlamento de La Rioja sigue la argumentación jurídica del Informe de la Defensora del Pueblo Riojano, que defiende que el "blindaje" de las normas forales tributarias dictadas por las Juntas Generales de los tres Territorios Históricos vascos entra en contradicción con la Constitución y supone hacer un uso distinto de los derechos históricos y del Concierto Económico Vasco. Al mismo tiempo, se estima que la norma quebranta el principio de unidad de la Nación española, es un franco elemento discriminatorio respecto al resto de ciudadanos, especialmente los de las Comunidades limítrofes, y supone la concesión de un poder legislativo a instituciones que no gozan de tal poder a la luz de la Constitución. Sobre este último aspecto, el recurso del Parlamento insiste con distintos razonamientos. Por un lado, el reparto territorial del poder político que se realiza a través de los Estatutos de Autonomía sólo permite la existencia de una Asamblea Legislativa en cada una de las Comunidades Autónomas y no reconoce otros órganos legislativos "descentralizados" como las Juntas Generales. Por otro, si gozan de autonomía normativa en determinadas materias y la ejercen bajo la modalidad de "leyes formales", habría tres poderes legislativos en la misma Comunidad Autónoma: el estatal, el autonómico y los forales. Pero además, el propio Estatuto de Autonomía del País Vasco no configura las Juntas Generales como cámaras legislativas, ni pueden dictar normas con valor de ley. Igualmente, la Ley del Parlamento Vasco 27/1983 establece que la facultad de dictar normas con rango de Ley corresponde en exclusiva al Parlamento y los productos normativos de las Juntas Generales están, por tanto, subordinados a las leyes.

 

Video del día

Feijóo destaca el “modelo de la concordia” del PP en Cataluña
frente al “modelo rupturista” del resto de partidos catalanes
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato