El Colegio de Abogados de Madrid establece una guía para orientar jurídicamente a refugiados ucranianos

Un centenar de desplazados han pedido la ayuda gratuita para tramitar permisos de residencia, asistencia social, ayuda sanitaria, escolarización…

Bandera de Ucrania en una manifestación.
Bandera de Ucrania en una manifestación.

 

 

El Colegio Oficial de Abogados de Madrid (ICAM) ha publicado en su página web una guía en castellano, ucraniano e inglés para orientar jurídicamente a ucranianos que han huido del conflicto bélico de su país. El escrito ha sido elaborado por el Área de Extranjería y las Áreas Procesales del Colegio con el fin de ayudar a los refugiados a saber cuáles son sus derechos.

Desde hace dos semanas, los abogados madrileños comunicaron que iban a ofrecer ayuda jurídica gratuita a los refugiados ucranianos. Esta asistencia, que se solicita a través del Servicio de Orientación Jurídica del ICAM por correo o teléfono, ha recibido hasta la fecha más de un centenar de peticiones, según fuentes de ICAM.

Una vez recogida la solicitud, el colegio les cita de forma presencial en la mayor brevedad de tiempo posible.

Para poder atender a todo aquel que lo necesite, se han ofrecido como voluntarios más de 200 abogados. Estos letrados cuentan con una experiencia de al menos cinco años y dominan dos o más idiomas.

Las consultas que se han resuelto durante estos días han sido principalmente asuntos relacionados con permisos de residencia, proceso de protección internacional, regularización, asistencia social, sanitaria, escolar y de formación y, también, de reagrupación familiar o denegaciones de asilo en vía recurso. 

La guía recomienda ponerse en contacto con el Servicio de Orientación Jurídica – Extranjería del ICAM, que se ha reforzado con el objetivo de atender de forma inmediata las solicitudes. Además, explica el procedimiento para solicitar la protección temporal.

¿Quién puede solicitar el permiso de protección internacional temporal?

El sistema de acogida de protección temporal es un procedimiento de carácter excepcional en el que se garantiza de forma inmediata el auxilio de aquellas personas que se han tenido que desplazar de su país de origen de forma masiva y que no pueden regresar a él. Las personas que pueden acceder a este sistema son, según la guía de ICAM:

1. Nacionales ucranianos residentes en Ucrania antes del 24 de febrero de 2022.

2. Nacionales ucranianos que se encontrasen en España antes del comienzo de la guerra y que, debido al conflicto, no puedan regresar a su país. 

 

3. Personas de cualquier país que han residido legalmente en Ucrania con un permiso de residencial legal y que no puedan regresar a su lugar de origen.

4. Nacionales de Ucrania que se encontraban en España en situación irregular antes del 24 de febrero.

5. Hijos, parientes cercanos o cónyuges o parejas de hecho de los apartados 1 y 2.

Documentación necesaria para entrar en España

Los ciudadanos ucranianos están exentos de entrar al país con un visado para estancias inferiores a 90 días siempre y cuando cuenten con pasaporte biométrico. Este tipo de pasaporte contiene un chip que almacena toda la información personal como, por ejemplo, fotografía, huellas dactilares, nombre completo, sexo y número de control.

Si el interesado es ucraniano y desea entrar en España, pero no dispone de este modelo de pasaporte ni documentos de viaje, puede dirigirse a una oficina consular de un país que haga frontera con Ucrania para renovarlo. 

Si no dispone de pasaporte, el colegio de abogados recomienda presentar el certificado de nacimiento o algún documento que acredite su identidad o que ha residido en el país bélico antes del 24 de febrero de 2022.

En el caso de los menores de edad, será necesario el certificado de nacimiento del niño o un comprobante que acredite la vinculación con familiares o tutores legales.

Cómo solicitar la protección internacional temporal

Para poder solicitarla, los interesados deberán acudir en persona a la Dirección General de la Policía situada en centros de acogida o en las comisarías que se determinen.

En el momento en el que se vaya a producir la solicitud, el interesado tendrá que aportar pruebas que acrediten la pertenencia a alguno de los colectivos citados anteriormente.

Entre los datos personales se incluirá, si es posible, un teléfono de contacto, un correo electrónico y, si es necesario, una entrevista personal para aclarar algún aspecto. Los agentes tomarán huellas dactilares y el plazo desde que se solicita hasta la resolución será de 24 horas.

Esta protección temporal tiene una duración determinada. De conformidad con la Directiva 2001/55/CE, tiene un periodo de un año con la posibilidad de prorrogarse automáticamente cada seis meses durante un plazo máximo de tres años. Es decir, hasta el 4 de marzo de 2023. Pero si el conflicto perdura, España ha establecido la posibilidad de prorrogarse hasta 2025.

Derechos que ofrece la protección temporal

La protección temporal autoriza al refugiado a permanecer en territorio español. Si no disponen de los medios económicos necesarios, podrán beneficiarse de servicios sociales, educativos y sanitarios, ya que podrán acceder a la Seguridad Social, a la educación pública y a la atención sanitaria en las mismas condiciones que los extranjeros residentes en España. Además, también podrán trabajar por cuenta ajena y propia.

Asimismo, este tipo de protección es compatible con otras solicitudes, como, por ejemplo, la de asilo.

Motivos por los que se puede denegar la protección

- No cumple con los requisitos que se piden.

- Ha cometido un delito contra la paz, un crimen de guerra o un crimen contra la humanidad.

- Por haber cometido un grave delito común fuera del Estado español antes de su admisión en éste como beneficiaria de protección temporal.

- Se ha hecho culpable de actos contrarios a las finalidades y a los principios de las Naciones Unidas.

- Si la persona representa un peligro para la seguridad nacional o constituya una amenaza al orden público.

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