Solución para el problema de la vivienda en Galicia: la Xunta incluirá la propuesta de copropiedad publica en la nueva Ley de Vivienda

La nueva Ley de vivienda de Galicia incorporará un nuevo régimen de "copropiedad" con la Xunta, según el cual el comprador de una vivienda de promoción pública (VPP) adquirirá un mínimo "del 60 por ciento" del inmueble pudiendo comprar posteriormente el resto de la propiedad. De esta forma, "se facilitará" el acceso a la vivienda con el pago de "cuotas" más reducidas de lo que supondría comprar "el cien por cien" del inmueble.

Lo han explicado el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, y el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas, Agustín Hernández, que ha dado el visto bueno a una norma que también incorpora otras categorías nuevas de viviendas de promoción pública, como las concertadas y las denominadas "de inserción o asistenciales".

Hernández ha destacado que la ley tiene "una profunda inspiración social" y ha explicado que se regula la publicidad e información en la oferta de viviendas, así como la cantidad máxima que se pagará como reserva de vivienda, que se fija en el 1 por ciento de su precio. Asimismo, se regula la posibilidad de aplazar el pago de una VPP en "circunstancias económicas especiales", así como el alquiler con opción a compra.

El conselleiro también ha destacado que el proyecto de ley protege los derechos de los adquirientes de viviendas "de buena fe" afectados por actuaciones administrativas "declaradas ilegales" y que obligan "a la demolición" de un inmueble. Así, el titular tendrá derecho a residir en su casa hasta que finalice el procedimiento de responsabilidad patrimonial y se ponga, de ser el caso, a disposición de los perjudicados, una indemnización.

Otra de las novedades de la norma es que se crea el Registro de Promotores de Galicia. la inscripción será necesaria para todos los promotores que quieran desarrollar su actividad en Galicia, pero el registro será "meramente informativo" y recogerá los datos básicos sobre "la personalidad y solvencia" del promotor, las obras ejecutadas, posibles sanciones administrativas y sentencias judiciales, entre otras.

 

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