La magistrada Encarnación Roca, designada ponente

Podemos recurre la nueva Ley de Contratos del Sector Público al Tribunal Constitucional

Considera que cobrar prestaciones patrimoniales por el abastecimiento del agua en los municipios es contraria a la Carta Magna

Grifo de abastecimiento de agua.
Grifo de abastecimiento de agua.

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el pasado 6 de marzo un recurso de inconstitucionalidad presentado por el grupo parlamentario Unidos Podemos contra varios artículos de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, casi una semana después de que entrara en vigor.


Según ha podido saber El Confidencial Autonómicoel recurso pretende impugnar varios artículos de dicha ley, los que se refieren a la gestión del servicio de agua en los municipios.

El abogado experto en fiscalidad Pablo González ha explicado a ECA que Unidos Podemos ha llevado al TC los artículos y disposiciones más novedosos de la ley, ya que cambian el modo de financiar el servicio por parte de los ayuntamientos.

El artículo 289.2 de la ley establece que el pago a las concesionarias tendrá carácter de prestación patrimonial de carácter público no tributario, algo que ha generado polémica en el ámbito fiscal y municipal. El TC la califica de coactiva (TSC 85/1995) y señala que puede existir "con independencia de la condición pública o privada de quien la percibe, siempre que tenga una inequívoca finalidad de interés público" (STC 182/1997).

Más adelante, la disposición adicional 43ª establece que los pagos exigidos por los ayuntamientos serán prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario si se prestan de forma directa mediante personificación privada o mediante gestión indirecta; es decir, cuando el servicio corra a cargo de una empresa privada a la que se adjudica una concesión administrativa.

Además, tres disposiciones finales modifican la Ley General Tributaria y la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para que las tasas que se cobren por la prestación de servicios de interés general por parte de empresas mixtas o privadas pasen a ser prestaciones patrimoniales no tributarias.

Todos estos cambios contravienen, según ha podido saber ECA, la jurisprudencia que existe sobre  estas prestaciones. Además, la bancada de Unidos Podemos considera que se trata de un primer paso hacia la privatización de servicios municipales básicos como el abastecimiento de agua.

Por el momento, el TC ha admitido a trámite el recurso y ha asignado a la magistrada Encarnación Roca ponente de la sentencia.

 

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