Una concejal por el PP reclama a la empresa municipal de transportes de Valencia la grabación de una conversación privada

Ha denunciado el caso ante la Agencia Española de Protección de Datos

Autobús de la EMT de Valencia.
Autobús de la EMT de Valencia.

 

 

La parte reclamante es miembro del Consejo de Administración de Empresa Municipal de Transporte de Valencia, y concejal del Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento del mismo. 

Los concejales y militantes del PP convocaron el pasado 29 de febrero de 2020 una campaña de recogida de firmas en contra de la modificación de líneas de la EMTV. Según argumenta la empresa de transportes, contrató a Barret Films para que grabara imágenes y audio de las personas que firmaban la petición del Partido Popular para paralizara la modificación de líneas. 

En este caso, ni convocantes ni personas asistentes a la recogida de firmas autirizaron la captación de imágenes ni grabaciones de audio, donde argumenta la parte reclamante que se trataba de una conversación privada. Pese a ello, la productora audiovisual siguió grabando  informó a los responsables del acto que tenían que entregarle a la empresa pública los “brutos” de imágenes y audios, aunque ellos desconocían el uso posterior que se les iba a dar. 

Un contrato trampa 

En mayo y septiembre de 2020 se solicita a la EMTV por burofax la aportación de todas las imágenes y sonidos que fueron grabados durante la jornada de recogida de firmas del 29 de febrero de ese mismo año. Por parte de la empresa, su gerente comunica que carecen de grabaciones en la plaza donde se convocó la recogida de firmas. Mientras, la productora argumenta que no firmarán parte del bruto final nu del documental al “no aportar ningún valor”. 

Tras ser aportada la documentación relevante, por parte del reclamante, la productora reconoce que sí grabaron audio y vídeo de la recogida de firmas y que entregaron los brutos a la EMTV, y por tanto tienen grabada la autorización de la reclamante para las grabaciones, aunque después lo revocó y dejaron de grabar. 

Por otro lado, la empresa municipal de transportes asegura que no aparece ninguna de las imágenes a las que la parte reclamante hace referencia ni de ningún momento del referido acto.

La AEPD admite la reclamación 

La AEPD admite la reclamación y procede a la investigación para esclarecer los hechos. La parte reclamante aporta un escrito de ampliación donde concreta los puntos que pudieran ser susceptibles de incumplimiento entre EMTV y Barret Films en lo relativo a la entrega de las grabaciones. Se confirma que la empresa municipal valenciana era conocedora de las imágenes, pero no existen evidencias de que se hayan sido cedidas por parte de la productora. 

Finalmente, se procede al archivo de las actuaciones que se han llevado a cabo y se notifican la resolución a ambas partes. 

 

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