La concertada valenciana sigue ganando la guerra judicial al Consell

El conseller de Educación, Vicent Marzà, declaró en 2015 que “se ha acabado la barra libre para la concertada”

Conferencia Sectorial de Educación a la que asiste el Conseller de Educación, Vicent Marzá
Conferencia Sectorial de Educación a la que asiste el Conseller de Educación, Vicent Marzá

Son ya numerosas las sentencias en contra de la Consellería de Educación valenciana, por suprimir conciertos educativos, en línea con lo que afirmó Vicent Marzà (Compromís), conseller de Educación, nada más llegar en 2015 a su cargo: “se ha acabado la barra libre para la concertada”.

Desde diversas federaciones y sindicatos se viene denunciando “el sectarismo y la falta de diálogo” de Marzá, y están siendo los tribunales los que reconocen el derecho a la renovación de los conciertos educativos “siempre que sigan cumpliendo los requisitos que determinaron su aprobación”.

La Consellería no renovó conciertos de Bahillerato y FP, entre otros centros, a dos colegios de Valencia, la Escuela de la Salle y el Colegio de Nuestra Señora del Pilar con fecha 19 de mayo de 2017.

Una veintena de centros con Bachillerato, además de algunos con FP, vieron también cómo se canceló la renovación del concierto.

Casi todos recurrieron, se les dio la razón en sede judicial, y ahora esperan que se pronuncie el Supremo, convencidos de que “el Supremo nos va a dar la razón, al igual que a los dos centros que ya ha dictado sentencia”, según han confirmado a El Confidencial Autonómico.

El Supremo les da la razón

Ambos centros concertados acudieron al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que les dio la razón con fecha 25 de mayo de 2018 en relación a la renovación del concierto educativo para determinadas unidades de Bachillerato y FP.

La Generalitat Valenciana recurrió al Tribunal Supremo, y éste acaba de desestimar los recursos del Gobierno valenciano, en concreto la Sala III de lo Contencioso-Administrativo.

El Supremo ha declarado, según se conoció la sentencia el viernes 16 de octubre,  como doctrina aplicable a esta cuestión que “el régimen de conciertos generales resulta de aplicación a la renovación de los conciertos singulares firmados por las Comunidades Autónomas en los niveles educativos no obligatorios, quedando sujetos al régimen previsto en el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos aprobado por el artículo único del Real Decreto 2377/1985”.

En definitiva, que el reglamento autonómico en que se ampara Marzà –también está recurrido– no puede ir en contra del reglamento estatal.

 

Las sentencias del TSJ valenciano que son ratificadas, ambas de 25 de mayo de 2018, estimaron recursos del Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas (La Salle)-Sector Valencia Palma y del Colegio de Nuestra Señora del Pilar de Valencia contra resoluciones de la Consellería de Educación, de 19 de mayo de 2017, que desestimaron la renovación de conciertos educativos para determinados cursos de bachillerato y ciclo formativo.

Abonar los módulos de conciertos 2017-2021

En concreto, en relación a la Escuela La Salle, la Consellería desestimó la renovación del concierto educativo solicitado para 1º ciclo formativo de grado medio de Instalaciones Eléctricas y Automáticas, 1 ciclo formativo de grado superior de Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos y 1 ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas en el centro docente privado concertado Escuela Profesional La Salle.

El TSJ, en la sentencia ahora confirmada, reconoció el derecho del centro demandante al concierto solicitado por el periodo comprendido entre los cursos escolares 2017-2018 a 2020-2021, con las consecuencias económicas inherentes a dicha declaración, es decir, abonar los módulos del concierto que no se ha disfrutado durante los últimos cuatro cursos.

Respecto al Colegio Nuestra Señora del Pilar, la resolución de Educación, entre otras decisiones, denegó la renovación del concierto educativo solicitado para 8 unidades de Bachillerato por el periodo comprendido entre los cursos 2017/2018 a 2010/2021 y se concedió únicamente el concierto de 6 unidades de Bachillerato para cuatro cursos y una unidad para 2º curso de Bachillerato con carácter provisional exclusivamente durante el curso escolar 2017/2018.

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