Interior podrá no informar sobre las ayudas a Marruecos contra la inmigración ilegal

El Consejo de Transparencia considera que revelar esos datos perjudica la seguridad pública y las relaciones exteriores de España

Paso fronterizo de El Tarajal II, en Ceuta.
Paso fronterizo de El Tarajal II, en Ceuta.

El Ministerio del Interior gana un pulso a una organización dedicada a promover el acceso a información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha respaldado una decisión del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska de denegar datos relacionados con la lucha contra la inmigración ilegal.

Acces Info Europe dirigió al Ministerio del Interior una solicitud, al amparo de la Ley de Transparencia, en la que pedía recibir un “informe descriptivo del empleo de la ayuda para los fines que fue concedida de la Consejería de Interior de la Embajada de España en el Reino de Marruecos (que debió ser emitido dentro de los dos meses siguientes al vencimiento de la ayuda) en relación con la Resolución del Ministro del Interior por la que, se concede una ayuda directa al Reino de Marruecos para la financiación de actividades de lucha contra la inmigración irregular, tráfico de inmigrantes y trata de seres humanos, en virtud del Real Decreto 732/2007, de 8 de junio, por el que se establecen las normas especiales sobre ayudas en el ámbito de la cooperación policial internacional”.

El Gobierno de España concede periódicamente ayudas económicas, así como de material, a las autoridades marroquíes para que desplieguen en sus fronteras agentes, vehículos y sistemas tecnológicos, todo con el objetivo de que intercepten a las personas que tratan de llegar a España de forma irregular, en muchos casos saltando las vallas de Ceuta y Melilla.

La organización solicitante quería consultar un informe sobre el empleo de esa ayuda a Marruecos. La respuesta del Ministerio del Interior fue negativa: le denegó el acceso la información, al considerar que los datos que sería revelados afectaban a dos excepciones que la Ley de Transparencia contempla para negar información pública.

Seguridad pública y relaciones exteriores

Interior argumentó que “en el marco de estas ayudas, se desarrollan actuaciones vinculadas con la seguridad pública, por lo que resultaría de aplicación el límite recogido en el artículo 14.1.d) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En el apartado c) de este mismo precepto, también se indica que se podrá limitar el derecho de acceso para preservar las relaciones exteriores”, en este caso con Marruecos.

La contestación del ministerio no dejó satisfechos a los responsables de Acces Info Europe, que decidieron presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Argumentaron que por una resolución de septiembre de 2019 se había aprobado una ayuda directa de 32,3 millones de euros, que Marruecos destinaría a “gastos derivados del patrullaje y vigilancia marítima, costera y de litoral, incluyendo carburantes; gastos relacionados con el mantenimiento y reparación de los bienes y el material de vigilancia y control; y abono de dietas e incentivos al personal”.

“A efectos de fiscalizar el gasto”, indicaron los solicitantes, esa misma resolución disponía en su apartado 5ºb) que “dentro de los dos meses siguientes al vencimiento de la ayuda, la Consejería de Interior de la Embajada de España en el Reino de Marruecos, deberá emitir un informe descriptivo del empleo de la ayuda para los fines que fue concedida”.

También elaboraron un largo “análisis de daño”, intentando desmontar ese supuesto daño a la seguridad pública y a las relaciones exteriores de España que, según Interior, causarían facilitar esa información.

 

Perjudicaría la confianza con Marruecos

El Ministerio del Interior se defendió advirtiendo de los perjuicios que provocaría hacer públicos los datos. En primer lugar, señaló que “la información solicitada recoge datos sobre despliegues operativos, sobre efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Marruecos y España, y sobre medios desplegados en la actuación contra la criminalidad organizada, las redes de inmigración irregular, así como de tráfico y trata de personas”.

Además, habría que tener en cuenta que “su difusión comprometería la eficacia de la política de seguridad de ambos países, especialmente en un ámbito como el de lucha de las redes criminales de tráfico y trata de personas e inmigración irregular, cuyo modus operandi fluctúa de forma constante, con la finalidad de evadir la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, abriendo nuevas rutas de tráfico irregular de personas y explotando las limitaciones en las capacidades operativas de las autoridades de terceros países en este ámbito”.

Eso por lo que se refiere a la seguridad pública. En cuanto al daño en las relaciones exteriores de España, Interior alertó que “la confianza mutua se vería perjudica por la difusión de información relativa al empleo de la ayuda para los fines que fue concedida, refiriéndose a actuaciones de cooperación operativa de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Marruecos, ya que, la finalidad de esta ayuda reforzar las capacidades de los servicios policiales marroquíes en el desarrollo de las actuaciones de colaboración con España en la lucha contra la inmigración irregular, el tráfico de inmigrantes y la trata de seres humanos; y siendo Marruecos un país de importancia estratégica, por ser un país de origen y tránsito clave en la rutas de inmigrantes irregulares hacia España”.

El ministerio apuntó, por último, que “en el informe solicitado se recogen asimismo apreciaciones, en un asunto sensible como es el que afecta a la actuación y capacidades de los servicios policiales marroquíes, lo que interferiría en las relaciones exteriores de nuestro país con Marruecos”.

Transparencia niega la información

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno terminó dando la razón al Ministerio del Interior en su decisión de negarse a facilitar los datos pedidos sobre las ayudas a Marruecos contra la inmigración ilegal, en una resolución que ha consultado Confidencial Digital y que se puede leer pinchando aquí.

Acces Info Europe había alegado que en anteriores ocasiones se había facilitado información relacionada con el objeto de su consulta. Transparencia puntualiza esa apreciación: “Contrariamente a los precedentes señalados, nos encontramos con que el objeto de la ayuda viene referida a una política pública -el control de fronteras y los flujos migratorios- que no tiene un desarrollo temporal concreto y limitado -por más que la extensión de la ayuda sí esté limitada en el tiempo- y que, por lo tanto, no viene referida a una concreta actuación cuya finalización pudiera determinar de igual forma el término de los eventuales perjuicios derivados con el acceso a la información”.

En este sentido, considera que “el objeto de la ayuda concedida y sobre cuyo empleo se solicita información se enmarca en la implementación, desarrollo y consolidación de líneas de cooperación para el control de fronteras y los flujos migratorios, con aspectos de carácter horizontal o transversal respecto de otras políticas o actuaciones que pudieran llevarse a cabo. Es, por lo tanto, una actuación que puede prolongarse en el tiempo con independencia de que, como decimos, la ayuda concedida lo sea para un concreto período de tiempo.”

Estos matices son relevantes, ya que por ello “facilitar la información requerida supondría un perjuicio en el ámbito de la seguridad pública -cuya afectación ha sido analizada y confirmada en los expedientes de reclamación señalados como precedentes en relación a información sobre la implementación de políticas relacionadas con el control de los flujos migratorios y la trata irregular de personas- así como para la relaciones exteriores”.

España, frontera de la UE

La resolución que desestima la reclamación de Acces Info Europe se detiene en analizar qué supone para España cualquier información sobre la lucha contra la inmigración ilegal.

“España sufre una fuerte presión migratoria debido a la cercanía geográfica con el continente africano tanto en la zona del Estrecho y el Mar de Alborán, como a las rutas marítimas en la fachada atlántica con respecto a las Islas Canarias”, comienza describiendo el Consejo de Transparencia.

En segundo lugar, “España tiene la condición de frontera exterior común conforme a la normativa de la Unión Europea”, lo que implica que “nuestro país tiene unas obligaciones en materia de fronteras con respecto al conjunto de la Unión Europea y al resto de los Estados miembros, que asume como socio responsable, garantizando los medios adecuados para el control de sus fronteras así como fomentando la cooperación necesaria, para la prevención en origen, mediante la asociación con aquellos socios estratégicos respecto a las rutas de inmigración irregular hacia Europa”.

Transparencia destaca que “la información solicitada deriva de una ayuda directa a Marruecos que se enmarca en el ámbito de la cooperación policial internacional con estados de origen de la inmigración o países de tránsito (en este caso, Marruecos) a efectos de que sean estos países quienes contengan los flujos migratorios con destino a territorio español, para la reducción en las cifras globales de entradas irregulares impulsando un enfoque centrado en la prevención en origen”.

La eficacia se vería comprometida

Como ya había apuntado, “no se trata de una operación puntual y limitada en el tiempo, sino del establecimiento de una política de largo alcance basada en una cooperación continua entre los países y autoridades afectados, de enorme trascendencia” y, señala, “cuya eficacia podría verse comprometida por el acceso a información solicitada”.

El informe sobre el empleo de la ayuda a Marruecos para contener la inmigración ilegal “contendría gastos realizados por Marruecos en sus despliegues operativos y gastos de mantenimiento de los materiales empleados por los servicios policiales marroquíes en el desarrollo de las actuaciones de colaboración con España, en concreto gastos derivados del patrullaje y vigilancia marítima, costera y de litoral, incluyendo carburantes, de mantenimiento y reparación de los bienes y el material de vigilancia y control, incluso abono de dietas e incentivos al personal”.

De hacerse públicos todos esos datos, razona el Consejo de Transparencia, “se estarían dimensionando las actuaciones llevadas a cabo en el marco de la ejecución de la ayuda otorgada y, en ese sentido, aportando información esencial para limitar o incluso impedir su efectividad si esa información fuera divulgada”.

Como último apunte, “no podemos perder de vista que si se perjudica la cooperación policial internacional con estados de origen de la inmigración o países de tránsito (en este caso, Marruecos) a efectos de que sean estos países quienes contengan los flujos migratorios irregulares con destino a territorio español, se están poniendo en juego intereses generales más dignos de protección a nuestro juicio, ya que se impide que el Gobierno pueda desarrollar adecuadamente sus funciones en materia migratoria, como le exige el vigente ordenamiento jurídico tanto español como europeo”.

Es decir, el derecho a la información pública en este caso debe ceder ante “intereses generales más dignos de protección”. Transparencia concluye que “el acceso a la información solicitada implicaría un perjuicio a la seguridad pública así como, en atención a la materia sobre la que versa, a las relaciones exteriores de nuestro país con Marruecos. Un perjuicio que, a nuestro juicio, no se vería desplazado por un interés superior, por lo que consideramos que la presente reclamación ha de ser estimada”.

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