Una mujer con cáncer vuelve a disponer de su pensión íntegra después de que la Seguridad Social se la redujera

La tesorería le rebajó la prestación a la mitad al considerar que su salud había mejorado, pero el Juzgado de lo Social nº22 de Barcelona manifestó que sus secuelas le impiden trabajar

Tesorería General de la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social

Una mujer de 52 años que padecía cáncer de ovarios y que tenía reconocida la incapacidad permanente absoluta ha presentado una demanda a la Seguridad Social (INSS) por rebajarle la pensión del 100% al 55%.

En un primer momento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le otorgó la incapacidad permanente absoluta con una pensión del 100%. Esto suponía un total de 1.900 euros al mes ya que consideraron que debido a su enfermedad no podía ejercer ninguna profesión. 

En cambio, tras una revisión médica llevada a cabo por la Subdirección General de Evaluaciones Médicas, el INSS señaló que el estado de salud de la empleada había mejorado, por lo que le redujo su grado deincapacidad a la total. Esto supuso una disminución de su pensión al 55% al considerar que era apta para realizar otros oficios que no sean el suyo habitual, según ha podido saber Confidencial Digital.

Al considerar que no podía trabajar, Alberto Pérez Morte, letrado del despacho Campmany Abogados y defensor de la mujer, logró convencer al juez de que la demandante tenía secuelas y que, por tanto, no se le podía reducir su pensión. El cáncer le había provocado cirugías, volvió una vez curado, también presentaba dificultad para andar y dolor. Asimismo, la trabajadora necesitaba utilizar bastón en su día a día. 

Tras valorar todas las pruebas, el juez consideró que la mujer no había mejorado y que el estado de la demandante y sus limitaciones para trabajar seguían igual, por lo que le devolvió la incapacidad permanente absoluta y el 100% de la pensión. 

La Subdirección General de Evaluaciones Médicas, más conocida como Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas, se encarga de revisar a los trabajadores con algún tipo de incapacidad que impida desempeñar sus actividades laborales. Este servicio médico evalúa, inspecciona y hace seguimientos de los pacientes que tienen reconocida la incapacidad permanente total.

 

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