Interior pide que se monitoricen los actos independentistas y enfermedades contagiosas

Para evitar la dispersión de información relevante, ha trasladado también a Policía y Guardia Civil que informen al momento de homicidios de personas LGTBI y sobre delitos de violencia de género

El ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska en una sesión del Congreso de los Diputados.
Ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska

El Ministerio del Interior se propone evitar que la fragmentación y dispersión de la información de relevancia para la seguridad perjudique la capacidad de respuesta ante sucesos o acontecimientos que exijan tomar medidas inmediatas. Por ello, ha aprobado una nueva instrucción, que sustituye a la actual, de 1997, regulando el Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC).

Este órgano se creó en 1993, como sucesor del Gabinete de Crisis instaurado en 1989, que había sido activado para seguir eventos de relevancia especial celebrados en España esos años: la Exposición Universal de Sevilla y los Juegos Olímpicos de Barcelona (1992), la Conferencia de Paz para Oriente Medio (1991), el Conflicto del Golfo Pérsico (1990-1991), y la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea (1989).

Desafíos y amenazas

Confidencial Digital ha consultado la Instrucción número 8/2020, de la Secretaría de Estado de Seguridad, sobre organización y funciones del Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC), que trata de “dotar de un impulso” a este órgano, que se integra en el Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad.

“La evolución de los desafíos y amenazas a los que debe hacer frente el Estado, que han elevado a la categoría de fundamental el principio de coordinación, la transmisión de novedades en tiempo real y la homogeneización de los procesos informativos” han llevado a Interior a aprobar esa actualización y rediseño de la organización y funciones del Centro Permanente de Información y Coordinación, al que define como un “órgano esencial para la eficacia en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría de Estado de Seguridad y, en definitiva, para la toma de decisiones en materia de seguridad pública”.

Centralizar noticias de seguridad pública

El CEPIC se encarga de “centralizar la recepción, clasificación y distribución de novedades e informaciones generadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y cualesquiera de otras instituciones, cuya actividad tenga relación con la seguridad pública y los planes operativos, permanentes o coyunturales, que establezca la Secretaría de Estado de Seguridad en cada momento”.

Por ello, la instrucción reclama a los centros directivos dependientes de la Secretaría de Estado de Seguridad, y especialmente a la Policía Nacional y la Guardia Civil, que sus respectivos Centro Nacional de Comunicaciones y Sala de Operaciones y Servicios colaboren informando de determinados sucesos a ese Centro Permanente de Información y Coordinación.

Materias prioritarias

Cuando el Ministerio del Interior lo requiera, el CEPIC recabará novedades sobre los temas que sean de su interés, y las direcciones generales de la Policía y de la Guardia Civil, así como otros centros directivos relacionados con la seguridad, deberán prestar “con la máxima diligencia, la necesaria e inmediata colaboración”.

Además, la instrucción consultada por ECD detalla una serie de materias “sobre las que, en cualquier caso, deberán informar con carácter urgente los Centros Directivos dependientes de esta Secretaría de Estado [...], sin ser precisa la espera a la finalización de diligencias ni posteriores investigaciones, y con indicación expresa en caso de declararse secretas”.

Atentados, manifestaciones independentistas...

¿Qué sucesos deben ser comunicados de inmediato al Centro Permanente de Información y Coordinación del Ministerio del Interior? El primer punto comienza mencionando “atentados y secuestros” relacionados con grupos terroristas.

 

Pero en ese mismo apartado se establece que también han de ser comunicadas de forma urgente a Interior las “amenazas o cualquier otra acción (manifestaciones, actividades de apoyo y/o apología, etc.) relacionada con la actividad terrorista o con otros grupos (movimientos independentistas, involucionistas, grupos radicales, etc.) que pretendan socavar las bases del Estado de derecho o la cohesión social”.

Secesionismo en Cataluña

Es decir, que Interior quiere estar al tanto y que se monitorice, por ejemplo, cualquier manifestación o acto de apoyo al independentismo catalán.

No cabe duda de que las actividades del secesionismo en Cataluña se ha convertido estos últimos años en una prioridad para las Fuerzas de Seguridad. Los servicios de información siguen muy de cerca sobre todo cualquier movimiento del sector más radical del independentismo, el que en ocasiones provoca cortes de carreteras, incidentes de violencia callejera por parte de Comités de Defensa de la República (CDR), e incluso derivados en la preparación de planes para asaltar el Parlament y para fabricar y utilizar artefactos explosivos.

También han de ser comunicadas de urgencia “las actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en este ámbito, entendiendo como tales las detenciones, extradiciones, desarticulaciones de comandos o identificaciones de terroristas, así como las actividades relacionadas indirectamente con aquéllas (puesta en libertad, ingreso en prisión, traslados, excarcelaciones, etc.)”.

Involucionistas y radicales

Las otras referencias a “movimientos involucionistas, grupos radicales” puede abarcar un amplio espectro de fenómenos. Normalmente el término “involucionismo” se utilizó por los servicios de inteligencia para designar a los círculos militares, a los sectores ultras de las Fuerzas de Seguridad y a la extrema derecha que se oponían a la Transición del franquismo a la democracia, y que impulsaron distintas tramas para organizar un golpe de Estado y restablecer una dictadura o régimen autoritario.

En cuanto a los grupos radicales, se puede referir a extremistas de izquierda y derecha, de tipo religioso, ultras violentos del fútbol...

Enfermedades contagiosas

En el contexto actual de la epidemia de coronavirus, que en pocos meses cumplirá un año en España, cobra mayor relieve otro de los puntos que hacen referencia a los sucesos que la Policía Nacional, la Guardia Civil y otros organismos deben comunicar de forma urgente al Ministerio del Interior, al Centro Permanente de Información y Coordinación.

Se trata de la categoría que agrupa “incendios e inundaciones graves, catástrofes, calamidades públicas y otro tipo de emergencias (incluidas las médico-sanitarias) que puedan afectar a la seguridad pública o producir alarma social, detallando la evolución de las mismas, medios asignados, daños provocados y, en su caso, heridos/fallecidos hasta el restablecimiento de la normalidad”.

A continuación se añade que “sobre los referidos hechos, se remitirán al CEPIC cuantas informaciones puedan recibir la Policía Nacional y la Guardia Civil sobre internamientos en centros hospitalarios o puestas bajo observación de personas susceptibles de padecer enfermedades contagiosas de carácter grave o que puedan generar alarma social”.

Ébola y gripe A

Antes que el coronavirus, en los últimos años se han producido en España algunas alertas de gravedad muchísimo menor, a cuenta del ébola y de la gripe A, por mencionar casos de enfermedades contagiosas que se introdujeron en España y provocaron alarmas sanitarias, aunque se atajaron rápidamente, sin llegar a extenderse.

En todo caso, el Ministerio del Interior quiere ser informado urgentemente en cuanto las Fuerzas de Seguridad tengan conocimiento de casos de “enfermedades contagiosas de carácter grave o que puedan generar alarma social”.

Violencia de género y contra LGTBI

En la nueva instrucción aprobada por la Secretaría de Estado de Seguridad se ordena a las Fuerzas de Seguridad remitir de forma urgente al CEPIC cualquier caso que encaje dentro de lo que se designa como “infracciones penales de especial gravedad”.

En esa categoría incluye los homicidios “en especial cuando las víctimas presenten una significada vulnerabilidad por ser mujeres (violencia de género), menores, personas con discapacidad necesitadas de especial protección, o pertenecientes a otros colectivos vulnerables”, y entre los colectivos vulnerables cita el LGTBI y los refugiados.

También deben ser comunicados de inmediato todos aquellos “robos con intimidación a entidades bancarias, delitos de odio y/o xenófobos, secuestros, delitos contra la salud pública, criminalidad organizada, delitos económicos graves, lesiones de entidad, ataques cibernéticos de especial relevancia o que causen alarma social, o cualesquiera otros hechos que, por su impacto en la seguridad ciudadana, puedan revestir trascendencia o notoriedad. Se incluirán las actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad relacionadas directa o indirectamente con aquellas (detenciones, aprehensiones, recuperaciones, ingreso en prisión, traslados, puesta en libertad, etc.)”.

Detenciones de policías, huelgas, inmigración ilegal

Otras materias que Interior pretende tener ‘monitorizadas’ continuamente son:

-- Alteraciones del orden público y de la seguridad ciudadana, que revistan cierta gravedad o alarma social, con indicación de las previsiones de las que se dispongan, desarrollo de las manifestaciones/concentraciones, huelgas, paros o encierros, así como la evolución de las mismas en tiempo real, en caso de solicitarse. Para tales circunstancias, el CEPIC podrá constituirse como Centro de Seguimiento específico.

-- Detenciones de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o personas de especial relevancia.

-- Novedades e informaciones sobre inmigración irregular, así como los informes estadísticos periódicos sobre este asunto que puedan confeccionarse por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Dispositivos de seguridad

-- Desplazamiento de personalidades fuera de su lugar de residencia, en especial cuando se precise el establecimiento de un dispositivo de seguridad entre diferentes Cuerpos Policiales.

-- Actuaciones de las Policías Autonómicas fuera de su demarcación, sin perjuicio de la coordinación y comunicación a otros niveles.

La nueva regulación de la Secretaría de Estado de Seguridad sobre el Centro Permanente de Información y Coordinación establece un aviso que deben tener en cuenta la Dirección General de la Policía, la Dirección General de la Guardia Civil y otros centros directivos dependientes de Interior.

Advierte que “se considera especialmente relevante la transmisión urgente de las comunicaciones referidas, y en particular cuando de tales hechos puedan hacerse eco los medios de comunicación social o cuando ya estén publicados en los mismos, al objeto de disponer de una información contrastada”.

Explosivos y sustancias NRBQ

El Centro Permanente de Información y Coordinación tiene otras funciones. Por ejemplo, debe recibir las comunicaciones sobre el Plan Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (PNPIC): “En cooperación y colaboración con el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras y Ciberseguridad, será también centro de comunicación, recepción y tramitación de la información, entre todas las Instituciones implicadas en la protección de objetivos estratégicos, sobre asuntos o incidentes relacionados con la seguridad de estas infraestructuras”.

En caso de que se active el Equipo Policial de Apoyo ante Grandes Ataques Terroristas, el Centro Permanente de Información y Coordinación comunicará al coordinador del equipo la activación del mismo, transmitiendo la información que disponga. Además, se convierte en punto de paso obligado de todas las informaciones y comunicaciones que a nivel institucional se realicen sobre dicho asunto.

Lo mismo ocurre con el Sistema de Alerta Temprana en relación con el robo, la desaparición o la falta de control sobre armas, explosivos u otras sustancias o materiales susceptibles de ser empleados por organizaciones terroristas: “Cuando se tenga conocimiento del robo, desaparición o falta de control sobre armas o materias u objetos explosivos (AREX) o sustancias NRBQ, y siempre que del primer análisis de la información se presuma la posibilidad de su empleo por grupos terroristas, la Sala de Operaciones y Servicios o el Centro Nacional de Comunicación de las respectivas Direcciones Adjuntas Operativas, notificarán inmediatamente al CEPIC los hechos o noticias conocidos, previa valoración de los mismos”.

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