Padrones para la consulta independentista

El Instituto de Estadística de Cataluña dispone de los datos personales de todos los catalanes: nombre, apellidos, domicilio...

El ayuntamiento de Cabrils, denunciado por ceder el censo municipal, alegó que el organismo de la Generalitat ya cuenta con esa información

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Logo del Idescat.

El primer pleito legal contra el acuerdo de un ayuntamiento catalán de entregar el censo para organizar el referéndum de autodeterminación ha colocado en el foco al Instituto de Estadística de Cataluña. El abogado del consistorio de Cabrils argumentó que este organismo de la Generalitat ya posee los datos personales de sus vecinos, y que por tanto no tenía relevancia la decisión.

Por ahora, la juez encargada del caso ha levantado la suspensión cautelar sobre la cesión del censo de Cabrils, con la salvedad de los datos de Alejandro Rusiñol, el demandante.

En la vista judicial, el representante del ayuntamiento alegó, entre otros argumentos, que la decisión de poner el padrón municipal a disposición de la Generalitat de Cataluña en caso de que llegara a organizar un referéndum de autodeterminación no tenía en realidad gran trascendencia, ya que esos mismos datos ya obraban en poder del Instituto de Estadística de Cataluña (Idescat).

Sin embargo, el propio demandante aseguraba que eso era falso y que el Idescat sólo maneja datos genéricos, por ejemplo sobre el número de habitantes de cada municipio catalán.

Recibe periódicamente los datos de los padrones

El Confidencial Autonómico ha contactado con el Instituto de Estadística de Cataluña para conocer con precisión qué tipo de información personal de los ciudadanos que viven en Cataluña maneja.

Un portavoz oficial explica que el Idescat tiene registrados los siguientes datos de todos los catalanes: nombre, apellidos, domicilio, sexo, fecha y lugar de nacimiento y nacionalidad.

La obtención de estos datos viene regulada por la Ley 23/1998 de estadística de Cataluña. En el capítulo VII de esta norma autonómica la contempla la creación del Registro de Población de Cataluña, “donde figuran los datos actualizados de carácter obligatorio de los vecinos inscritos en los padrones municipales de habitantes de todos los ayuntamientos de Cataluña”.

Es el Idescat quien gestiona este registro, y para ello recibe periódicamente -”más de una vez al año”, apuntan desde el Idescat, y añaden que suele ser cada tres meses- en soporte informático la información de los padrones municipales de habitantes.

El Idescat no tiene competencias electorales”

En cuanto a la polémica si serán los datos de los padrones, o los propios del Instituto de Estadística, los que utilizaría la Generalitat en caso de lanzarse a organizar el referéndum, fuentes del Idescat aseguran que este organismo “no tiene competencias en materia electoral; su único objetivo es estadístico”.

Apuntan, en todo caso, que es el Departamento de Gobernación del gobierno catalán el que tiene esas competencias. Además, el artículo 54 de la citada ley establece que “los datos del Registro de Población de Cataluña se cederán a otras administraciones públicas que lo soliciten sin consentimiento previo de la persona afectada, solamente cuando los necesiten para el ejercicio de sus competencias, y exclusivamente para asuntos en los cuales la residencia o el domicilio sean datos relevantes”.

 

Se establece, de nuevo, el mismo límite que señalaba el vecino de Cabrils Alejandro Rusiñol en su denuncia: si el gobierno de la Generalitat no tiene competencias para convocar el referéndum -y, en este caso, Rusiñol considera que no las tiene-, no podría usar esos datos sin consentimiento de los catalanes afectados.

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