El TSJ de Castilla-La Mancha obliga al Gobierno a conceder la residencia a un ex agente de la inteligencia de Venezuela

Un juez considera que al denegársela no se tuvo en cuenta que renunció a su trabajo dentro del SEBIN por amenazas de sus compañeros chavistas

Nicolás Maduro, con militares venezolanos.
Nicolás Maduro, con militares venezolanos.
  1. Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional
  2. “Perseguido” por oponerse a Chávez
  3. La Subdelegación del Gobierno insiste
  4. Peligro para su seguridad o la de su familia
  5. Diáspora de venezolanos
  6. Una renuncia obligada
  7. Relato coherente de persecución
  8. Hugo Carvajal y otros casos
Dos hombres ante un mural con la bandera de Venezuela.
Dos hombres ante un mural con la bandera de Venezuela.

Un hombre de nacionalidad venezolana ha ganado en los tribunales el pulso frente a la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, que le denegó el permiso de residencia en España. En esa victoria ha influido el pasado de este hombre en el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), la inteligencia del régimen chavista.

En marzo de 2019, la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real acordó denegar a este venezolano la autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Cabe señalar que desde hace unos años, el Gobierno de España concede la residencia a los venezolanos con mayor facilidad, para así acoger a buena parte de los que huyen de la pobreza, de la violencia y del régimen de Nicolás Maduro.

La Subdelegación del Gobierno incluso advirtió a este hombre que tenía obligación de salir de España en el plazo de 15 días, al no tener permiso de residencia.

El afectado recurrió a los tribunales, y perdió en primera instancia. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Ciudad Real desestimó su recurso. Así que recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En este segundo recurso, según una sentencia reciente consultada por Confidencial Digital, tuvo éxito.

Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional

Este venezolano alegó ante el TSJ que el juzgado había cometido errores en la valoración de las pruebas que acreditaban que se encontraba en una situación de peligro, y que por lo tanto no podía regresar a Venezuela, por lo que se le debía conceder el permiso de residencia en España.

En el recurso, detalló ciertas partes de su biografía, la que comenzó el 5 de marzo de 2005 (con Hugo Chávez de presidente) cuando ingresó en la Academia de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP).

Al salir de la academia, fue destinado a la Dirección de Acción Inmediata, División de Explosivos (K9), para desempeñar tareas como “técnico guía de can y explosivista” en la ciudad de Caracas.

Fue trasladado a la base de Contrainteligencia 602-Barcelona, “donde desempeñó labores de Seguridad de Estado, teniendo que realizar entre otros, el Curso de Enfrentamiento de Contrainteligencia”, realizado por oficiales militares cubanos. Los militares de la Cuba castrista comenzaron hace años a formar a las Fuerzas Armadas y los servicios de inteligencia y seguridad venezolanos, en virtud de la mutua colaboración con el régimen chavista.

 

El protagonista de este caso ascendió a subinspector y desempeñó funciones de inteligencia y contrainteligencia en la zona oriental de Venezuela. Pasó a ser el encargado del SEBIN (Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional) en el Aeropuerto Internacional ‘General de División José Antonio Anzoátegui’ de la ciudad venezolana de Barcelona.

“Perseguido” por oponerse a Chávez

Su carrera se torció cuando los superiores inmediatos detectaron que la posición política de este subinspector “era contraria a las políticas del gobierno” del presidente Hugo Chávez.

De acuerdo con su relato, “comenzó a ser perseguido, amedrentado, vigilado, llegando a sufrir amenazas él y su familia, viéndose obligado a renunciar a su trabajo en fecha 25 de junio de 2010”.

Entre los años 2016 y 2018, este miembro del servicio de inteligencia venezolano se marchó a Ecuador y volvió a Venezuela. A su regreso, permaneció “resguardado en su casa, donde como reiteramos continuaron las amenazas hacia la integridad física del mismo y la de su familia, no estando por ende garantizada la integridad física”.

Explicó que fue amenazado de muerte por personas que le conocían. Pese a estar escondido, “su presencia fue comunicada a los funcionarios policiales simpatizantes con el Gobierno”, y por ello sufrió “graves amenazas por sus ex compañeros de trabajo y ‘colectivos’ (guerrilla armadas por el gobierno de Nicolás Maduro)”.

Así que finalmente el 31 de agosto de 2018 se marchó a España, acompañado por su hermano, “para preservar su integridad física y la de su familia”.

El solicitante vive en España con su hermano, que es quien le sufraga todos los gastos básicos de alimentación.

La Subdelegación del Gobierno insiste

La Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real argumentó que la familia de este ex agente del SEBIN “permanece en Venezuela, país del que habrían huido de ser cierto que estuvieran perseguidos o amenazados de muerte”.

Además, destacó que el solicitante “finalizó su relación de servicio con el Gobierno venezolano en el año 2010, y después pudo seguir trabajando e incluso finalizar sus estudios en Venezuela”.

Por ello, concluyó que “no queda acreditado que el regreso a su país para obtener el visado constituya un peligro para su seguridad. Como también lo es la denegación de la autorización de trabajo, como consecuencia de la denegación del permiso de residencia”.

Peligro para su seguridad o la de su familia

El Reglamento de Extranjería (Real Decreto 557/2011, de 20 de abril , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social) establece en su artículo 126.3 que se podrá conceder una autorización por razones humanitarias en varios supuestos, y entre ellos, el siguiente:

-- “A los extranjeros que acrediten que su traslado al país del que son originarios o proceden, a efectos de solicitar el visado que corresponda, implica un peligro para su seguridad o la de su familia, y que reúnen los demás requisitos para obtener una autorización temporal de residencia o de residencia y trabajo”.

El juez de primera instancia no consideró probada la situación de peligro que alegó este venezolano. Pero los magistrados del TSJ de Castilla-La Mancha que analizaron su recurso llegaron a una conclusión diferente.

Diáspora de venezolanos

La sentencia declara que este hombre “trabajó para el gobierno venezolano dentro del Servicio Bolivariano de Inteligencia, -SEBIN- ingresando en el año 2005 y renunciando en el año 2010”.

Añade que “es notorio, y por tanto exento de prueba, la diáspora de numerosos venezolanos a los países limítrofes, unos por razones económicas y otros por razones políticas y/o de persecución llevada a cabo por el gobierno de este país”.

La clave era determinar “si el recurrente puede o no incluirse en este último supuesto”, es decir, si este hombre podría verse perseguido por el gobierno de Maduro.

Una renuncia obligada

Sobre ello, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha concluyó que la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real “no da la importancia que merece” al hecho de la renuncia de este hombre “a su profesión dentro del Servicio Bolivariano de Inteligencia”.

El recurrente alegó que su renuncia obedeció al hecho de estar amenazado por sus propios compañeros adictos al régimen político vigente.

El TSJ consideró que “este argumento es coherente, pues en principio disponía de un empleo profesional asegurado, no siendo lógica la renuncia voluntaria al citado empleo; es decir, es plausible que se viera ‘obligado’ a dicha renuncia”.

Relato coherente de persecución

En la sentencia también se indica que, una vez que dejó el servicio de inteligencia, este hombre terminó sus estudios de Derecho y obtuvo el título de abogado. Pero no llegó a ejercer la abogacía en Venezuela.

“Cabe preguntarse el motivo de esta situación”, plantean los magistrados, “y la explicación más verosímil también sería de naturaleza similar: las dificultades y amenazas puestas por quienes en su día ‘obligaron’ a su renuncia como policía”.

Intentó establecerse en Ecuador, pero no pudo ejercer de abogado por no conseguir la homologación de su título. Volvió a Venezuela, a casa de sus padres, y terminó marchándose a España con su hermano.

“El relato desplegado por el apelante, apuntalado en los hechos temporales acaecidos y descritos, es coherente”, según los jueces, porque “no se entiende la renuncia a su empleo como policía, su emigración a Ecuador, su breve vuelta a Venezuela y llegada a España sino es por una situación de ‘persecución o peligro’ en Venezuela; situación que ha sido notoria respecto de opositores políticos”.

Corroboró su relato su hermano, que ahora ejerce de párroco en España, que si bien tendría interés directo en el caso, también aporta un testimonio de “alguien que conoce de primera mano las vivencias de su hermano, y más concretamente las amenazas continuas recibidas que justificaría la situación de persecución o peligro si regresa a su país, bien para él, bien para el resto de su familia, padres y dos hermanos más”.

Ponderando ambas cuestiones, el tribunal dio credibilidad al testimonio del hermano.

Con todo ello, entendió que “las alegaciones hechas y la documentación aportada muestran un relato coherente de persecución y/o peligro que viene de tiempo atrás, avalado por la testifical de su hermano”.

Así que revocaron la sentencia y la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, y “como quiera que la única razón de la denegación del permiso de trabajo es por no haber obtenido el permiso de residencia, entendemos que, concedida la primera, procede también la segunda”: es decir, obligaron al Gobierno a concederle el permiso de residencia y el permiso de trabajo en España.

Hugo Carvajal y otros casos

Cabe apuntar que no este no es el primer antiguo agente de los servicios de inteligencia de Venezuela que llega a España.

El caso más llamativo es el de Hugo Carvajal, que fue director de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) de Venezuela en dos períodos y durante más de siete años, entre julio de 2004 y diciembre de 2011 y entre abril de 2013 y enero de 2014.

Pero ha habido otros. En estas páginas ya se contó el caso de un antiguo miembro de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (la misma que dirigió Carvajal) y su mujer, que en la Audiencia Nacional consiguieron que se les concediera asilo en España.

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