Baleares anulará la concesión de la Medalla de Oro y todo reconocimiento a condenados en firme: Vea el borrador que revocará la distinción a Jaume Matas y que amenaza a Urdangarín

Desde comienzos de 2013 varios grupos políticos baleares han sometido a trámite parlamentario sus proposiciones para que se retire todo tipo de distinciones honoríficas y premios a aquellos que estén condenados por sentencias en firme. Finalmente, el Ejecutivo presidido por José Ramón Bauzá ya tiene listo un borrador que permitirá revocar reconocimientos a Iñaki Urdangarín en caso de que se produzca una condena y el ex presidente Jaume Matas, que ya lo ha sido.

El Govern de Baleares continúa con su ‘cruzada’ por la transparencia y quiere eliminar cualquier ligazón o sombra de corrupción en su gabinete. Según el borrador del Decreto al que ha tenido acceso El Confidencial Autonómico, la comunidad autónoma va a arrogarse el derecho a revocar las distinciones honoríficas que haya podido conceder a aquellos que estén “condenados por sentencia firme”.

Esta posibilidad avalaría se le revocase la distinción oficial al ex presidente autonómico Jaume Matas, antiguo Ministro de Medio Ambiente, juzgado y condenado por delitos de fraude a la administración, falsedad en documento oficial y mercantil y un delito de prevaricación en concurso con otro de malversación.

Con este texto legal el Ejecutivo balear recoge las peticiones de varios partidos en el Parlament, que han presentado diversas iniciativas al respecto en meses pasados, desde PSIB a MÉS. En este enlace pueden consultarse los galardonados con la Medalla de Oro desde 1983 hasta la actualidad.

De igual modo, tal y como confirman fuentes parlamentarias, si finalmente se produjese una condena por delito fiscal, el Govern podría revocar también el galardón extraordinario que le fue concedido en 1998 al marido de la infanta Cristina, Iñaki Urdangarín, por su condición de duque de Palma.

La letra pequeña del Decreto

El Decreto indica que la Medalla de Oro se considerará “concedida con carácter permanente” a menos que la persona galardonada sea “condenada por sentencia firme por algún hecho delictivo”. Vean aquí el contenido de los artículos más relevantes:

-- Artículo III: (...) Es requisito, tanto para otorgar como para mantener la Medalla de Oro, que la persona galardonada no haya sido condenada por sentencia firme por ningún hecho delictivo. (…) Se entenderá concedida con carácter permanente, a menos que la persona galardonada sea condenada por sentencia firme por algún hecho delictivo. Si es así, se debe considerar concedida la Medalla de Oro hasta el momento en que se produzca el hecho anterior. La Administración debe actuar de oficio en estos casos, con trámite de audiencia a la persona interesada.

-- Artículo IV: (…) No se puede otorgar la Medalla de Oro a personas que hayan sido condenadas por sentencia firme por algún hecho delictivo.

-- Disposición adicional única: Lo que establece el Artículo III de este Decreto también es de aplicación a las medallas de oro de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares concedidas hasta la entrada en vigor de este mismo Decreto.

 

Video del día

6 de cada 10 de los que van en bici o en
patinete en ciudad no llevan casco
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato