El propietario de una clínica de cirugía plástica de Sevilla, condenado a una multa de 12.000 euros por echar a una cirujana que se quedó embarazada

El Tribunal Supremo ha resuelto conceder una indemnización de 12.000 euros a una cirujana plástica de Sevilla que fue desplazada de su puesto de trabajo durante su baja por maternidad. Por ello, la indemnización deberá abonarla el propietario de la clínica, que la sustituyó por otro profesional. El litigio tiene su origen en la resolución del contrato de arrendamiento de servicios que ligaba a las partes por parte del propietario, aprovechando el momento en el que la doctora se encontraba de baja por maternidad, y en el hecho añadido de que siguió usando su nombre -Pilar Prada-, sin su consentimiento, en la placa de la clínica como reclamo publicitario.

Vídeo del día

Abascal: “Hemos asistido a un bochorno internacional de consecuencias incalculables”